lunes, 1 de noviembre de 2010

REGLAMENTOS E ESTATUTOS


Reglamento Interno

Objetivo: promover un intercambio de tiempo y tareas entre personas residentes en la ciudad, sin que medie el dinero en dicho intercambio.

La unidad de intercambio es la hora, con independencia del tipo de servicio que se demanda o se ofrezca.

Entrevista: las personas que deseen inscribirse en el Banco del Tiempo deberán pasar una entrevista que evalúe su idoneidad. Realizada esta evaluación, quien sea aceptado en el banco del Tiempo asume el compromiso de utilizarlo, ofreciendo y solicitando tiempo.

Servicios y Responsabilidad: cada socio podrá ofrecer los servicios que considere siempre y cuando tenga la capacidad o conocimientos necesarios para realizarlos. El socio es responsable de la realización del intercambio, siendo el Banco un medio para poner en contacto a los socios.
Las personas inscritas en el Banco del Tiempo ofrecerán un determinado número de horas para realizar los servicios que deseen ofertar y deberán demandar un número de horas similar para recibir servicios ofertados por otras personas.

Equilibrio: El balance entre horas realizadas y horas recibidas no podrá exceder nunca de 10 horas.

Coordinación: La llevará a cabo la persona que se encargue de la Secretaría del Banco del Tiempo, que asumirá la responsabilidad de promover y facilitar el intercambio entre las personas inscritas, fomentando la confianza mutua.

Intercambio: A quien oferta un determinado servicio, la Secretaría del Banco del Tiempo le facilitará el teléfono de quien demanda dicho servicio para que se pongan en contacto.
Cada persona inscrita en el Banco del Tiempo será titular de una cuenta corriente de tiempo (con un código personal al que podrá acceder vía Internet) y dispondrá de un talonario personal con cheques que deberá entregar a las personas que le hayan proporcionado un determinado servicio.
Solo se pueden realizar intercambios de tareas con personas socias del Banco del Tiempo. Cualquier otro tipo de intercambio quedará fuera del mismo.

Comunicación periódica: Cada persona inscrita en el Banco del Tiempo se compromete a comunicar mensualmente a la Secretaría las horas recibidas y a entregar los cheques correspondientes a las horas dadas. Asimismo, la Secretaría realizará trimestralmente un balance del tiempo de cada cuenta corriente.

Resolución de conflictos: El socio se compromete a aceptar la mediación del banco del tiempo en los conflictos que puedan surgir.
En este caso, el banco analizará el conflicto y recomendará una solución, siendo ésta final, sin que haya posibilidad de recurso.
La Secretaría del Banco del Tiempo no se responsabiliza de posibles desperfectos o lesiones que puedan ocasionarse en los intercambios.

Cese voluntario: Los socios pueden darse de baja del Banco del Tiempo cuando así lo decidan, procurando que el balance de su cuenta de horas esté a cero.
Las personas inscritas en el Banco del Tiempo se comprometen a aceptar y cumplir estas reglas de funcionamiento.

Expulsión: grave o reiterado de estas normas por cualquiera de las personas inscritas en el Banco del Tiempo, dará lugar a la pérdida de su condición de participante en el mismo.
Los datos personales de los socios inscritos en el Banco son confidenciales y no está permitida su difusión para fines ajenos al mismo.



Estatutos

Constitúe O documento básico no cal se contemplan toda a normativa esencial para o bo funcionamento do noso Banco de Tempo e obriga o seu estricto cumprimento por parte de todos os socios e socias.

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